Sentencia de primera instancia: Tutela contra providencia judicial / Conflicto de competencia dirimido por el superior funcional / Defecto procedimental absoluto / Control de legalidad – límites / Plazo razonable
Radicado: 05000-22-13-000-2026-00307-00
Magistrado ponente: Wilmar José Fuentes Cepeda
La Corporación amparó los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia de una sociedad, cuya demanda de restitución de inmueble arrendado permaneció más de quince meses sin auto admisorio, inadmisorio ni de rechazo, mientras los despachos municipal y de circuito continuaban disputando la competencia. Estableció que, dirimido el conflicto por el superior funcional, la asignación queda definitivamente zanjada, sea acertada o errada, sin que al juez designado le sea dable revivir ese debate bajo el ropaje de una nulidad o de un control de legalidad, pues ello equivale a desobedecer una providencia ejecutoriada e irrecurrible.
El razonamiento del despacho encartado, que predicó la nulidad de lo actuado por el inferior por contrariar a su superior mientras eximía de esa misma regla a su propio auto, no constituye interpretación jurídica plausible sino una racionalización del incumplimiento. En consecuencia, se dejó sin efectos el auto que declaró la nulidad y se ordenó adelantar el examen de admisibilidad dentro de los diez días siguientes, sin reabrir el debate competencial.
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