Sentencia de segunda instancia: Vivienda digna//Acceso a servicios públicos domiciliarios // Sujetos de especial protección
Magistrado Ponente: Gustavo Adolfo Pinzón Jácome
El Tribunal confirmó la sentencia que amparó los derechos fundamentales a la vivienda digna, igualdad y acceso a los servicios públicos de una mujer víctima del conflicto armado, al considerar que la negativa de EPM de conectar el servicio de energía eléctrica en su vivienda de interés social carecía de justificación, pues existía certificación RETIE válida. Se resaltó que el acceso a la energía es un servicio público esencial, indispensable para garantizar condiciones mínimas de habitabilidad y de especial protección a sujetos vulnerables, de modo que la omisión de las entidades demandadas configuró una vulneración de derechos fundamentales que debía ser corregida mediante la orden de conexión del servicio.
Para descargar escanear QR:









