Restitución de Tierras
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Sentencia de segunda instancia: Bienes fiscales adjudicables // Improcedencia del amparo // Vivienda de interés social.
Magistrado Ponente: José Gildardo Ramírez Giraldo
El Tribunal determinó que no procede la restitución ni formalización de un bien fiscal adjudicable cuando el reclamante no acredita haber ocupado el predio con destino a vivienda de interés social ni cumple los requisitos legales para acceder a su cesión gratuita, aun cuando sea reconocido como víctima del conflicto armado.
Concluyó que el solicitante no demostró haber usado el inmueble con tal finalidad, sino como taller y bodega. Por tanto, no tenía expectativa legítima de adjudicación, ni su desplazamiento afectó un derecho susceptible de restitución. Se reafirmó que la restitución no busca indemnizar sino restablecer situaciones jurídicas legítimas previas al hecho victimizante.
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Sentencia: Reparación transformadora // Prescripción adquisitiva de dominio // Sucesión ilíquida // Víctimas del conflicto armado // Confianza legítima // Mora administrativa.
Magistrado Ponente: Puno Alirio Correal Beltrán
El Tribunal concluyó que la restitución no se extingue con la muerte de la víctima. Ante la mora administrativa y confianza legítima generada por el Estado, procede aplicar la reparación transformadora y consolidar el derecho de propiedad en cabeza de los herederos mediante prescripción adquisitiva extraordinaria.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Buena fe exenta de culpa // Enfoque restaurativo y transicional // Reparación integral
Magistrada Ponente: Helga Johanna Ríos Durán
La Corporación determinó que en los procesos de restitución de tierras previstos en la Ley 1448 de 2011, cuando tanto los reclamantes como los opositores son víctimas del conflicto armado, el juez puede inaplicar el criterio rígido de la buena fe exenta de culpa y adoptar decisiones con enfoque restaurativo y transicional, orientadas a evitar nuevas revictimizaciones. En tales casos, la restitución no debe operar de forma meramente patrimonial, sino transformadora y equilibrada, garantizando una reparación integral, equitativa y coherente con los principios constitucionales de paz, justicia social y acceso a la tierra, pudiendo mantenerse el statu quo del inmueble cuando ello armonice los derechos de ambas partes.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Buena fe exenta de culpa // Enfoque restaurativo y transicional // Reparación integral
Magistrada Ponente: Helga Johanna Ríos Durán
La Corporación determinó que en los procesos de restitución de tierras previstos en la Ley 1448 de 2011, cuando tanto los reclamantes como los opositores son víctimas del conflicto armado, el juez puede inaplicar el criterio rígido de la buena fe exenta de culpa y adoptar decisiones con enfoque restaurativo y transicional, orientadas a evitar nuevas revictimizaciones. En tales casos, la restitución no debe operar de forma meramente patrimonial, sino transformadora y equilibrada, garantizando una reparación integral, equitativa y coherente con los principios constitucionales de paz, justicia social y acceso a la tierra, pudiendo mantenerse el statu quo del inmueble cuando ello armonice los derechos de ambas partes.
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Sentencia de primera instancia: Víctima del conflicto armado // Retorno del bien a masa sucesoral // No acreditación de buena fe exenta de culpa // Incumplimiento de los requisitos para ser segundos ocupantes
Magistrado Ponente: José Gildardo Ramírez Giraldo
El Tribunal declaró la restitución de un inmueble en favor de la masa sucesoral del padre del solicitante, y de su progenitora, al acreditarse que el abandono y despojo del predio fueron consecuencia directa de extorsiones y amenazas sufridas por su núcleo familiar en el marco del conflicto armado interno. La Sala concluyó que los opositores no acreditaron buena fe exenta de culpa, ni reúnen los requisitos para ser considerados segundos ocupantes al no habitar ni derivar del predio sus medios de subsistencia; en consecuencia, determinó la improcedencia de las oposiciones, la inexistencia de la posesión que estos alegaban y la nulidad de los negocios jurídicos informales que perpetuaron el despojo.
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Sentencia de primera instancia: Falta de conexión con el conflicto armado
Magistrado Ponente: Javier Enrique Castillo Cadena
La Corporación negó la pretensión de restitución y formalización de tierras promovida por los causahabientes de María Rosmira Lora Rueda, dado que no se acreditó que los hechos de abandono o despojo de tierras ocurridos antes de 1991 estuvieran relacionados con el contexto de violencia del conflicto armado. Indicó que pese a que la señora Lora Rueda había abandonado su predio en 1991 por la violencia, las pruebas presentadas no demostraron que estos hechos se hayan producido dentro del marco temporal de aplicación de la Ley 1448 de 2011, ni que estuvieran directamente vinculados a los hechos de violencia en el municipio de Mutatá.
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Sentencia: Despojo / Venta forzada / Presunción de ausencia de consentimiento / Buena fe exenta de culpa / Segundo ocupante / Inversión de la carga de la prueba / Hecho notorio.
Magistrado Ponente: José Gildardo Ramírez Giraldo
El Tribunal protegió el derecho fundamental a la restitución de tierras de la solicitante, al reconocerla como víctima de despojo en la modalidad de venta forzada en el marco del conflicto armado, tras tener por configurada la presunción de ausencia de consentimiento que el contexto de violencia generalizada de la zona proyectó sobre la enajenación del predio.
Frente a las oposiciones, aplicó el estándar estricto de buena fe exenta de culpa y concluyó que ninguna de ellas lo acreditó, pues los adquirentes se vincularon con la tierra sin indagación alguna sobre su pasado de violencia, razón por la cual negó la compensación económica. No obstante, en consideración a la condición de víctima y a la vulnerabilidad socioeconómica de uno de los opositores, le reconoció la condición de segundo ocupante, con derecho a un predio equivalente y a un proyecto productivo.


