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ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL // DEBIDO PROCESO // NOTIFICACIÓN // NULIDAD PROCESAL// RECURSO DE REPOSICIÓN //ART. 318 C.G.P. // SUBSIDIARIEDAD
Ahora, respecto a la ausencia de resolución de la impugnación mencionada en renglones arriba, ha de precisarse que, si bien el actor la catalogó o calificó como una apelación, lo cierto es que ella, y al tenor de lo estipulado en el parágrafo único del Art. 318 del C.G.P.7, tenía que ser interpretada y gestionada por el Juzgado cognoscente como un recurso de reposición.". "el cual prescribe que “Cuando el recurrente impugne una providencia judicial mediante un recurso improcedente, el juez deberá tramitar la impugnación por las reglas del recurso que resultare procedente, siempre que haya sido interpuesto oportunamente”
TIPO DE PROCESO: Constitucional
MAGISTRADO PONENTE: DARÍO IGNACIO ESTRADA SANÍN
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia Segunda Instancia
FECHA: 07/05/2025.
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ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA // SUBSIDIARIEDAD // MEJORAS // FRUTOS CIVILES // RECONOCIMIENTO DE MEJORAS // PROCESO DIVISORIO
Resumiendo, la alzada del convocado se abre paso. La actio in rem verso es una alternativa sustancial de carácter subsidiario, es decir, tiene que relucir acreditado que el promotor, a la hora de generarse su empobrecimiento, no contaba con ninguna tutela concreta a su alcance para salvaguardar su derecho personal agraviado. Justamente por esto es que la crítica vertical del demandado sale airosa, pues se pudo comprobar que el actor cuenta con otros mecanismos ordinarios a su alcance, que hasta ahora no ha promovido. De allí que deba revocarse completamente la sentencia apelada y, en su reemplazo, negar la totalidad de las pretensiones condenatorias.
TIPO DE PROCESO: Declarativo
MAGISTRADO PONENTE: WILMAR JOSÉ FUENTES CEPEDA
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.
FECHA: 11/04/2025.
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NULIDAD ABSOLUTA, CONTRATO DE PROMESA DE PERMUTA, INDETERMINACIÓN DEL BIEN INMUEBLE, OBJETO DEL CONTRATO, RESTITUCIONES MUTUAS, REQUISITOS ESENCIALES, LINDEROS, MATRÍCULA INMOBILIARIA, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, TRADICIÓN.
En conclusión, atendiendo a que en efecto, conforme a la jurisprudencia y normatividad previamente referidas, el bien materia del contrato de promesa de permuta no fue debidamente determinado en el convenio, se atisba acertada la decisión de la cognoscente al deducir el incumplimiento de uno de los requisitos esenciales del mencionado negocio jurídico celebrado, esto es, “que se determine de tal suerte el contrato que para perfeccionarlo solo falte la tradición de la cosa o las formalidades legales”, contemplado en el ordinal 4°, artículo 1611 del CC, lo cual claramente deriva en la nulidad absoluta del contrato, tal y como fue declarada por la iudex, con fundamento en lo previsto por el artículo 1741 ibidem.
TIPO DE PROCESO: Declarativo
MAGISTRADA PONENTE: Claudia Bermúdez Carvajal.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.
FECHA: 17/02/2025.
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CONFLICTO DE COMPETENCIA // COMISARÍA DE FAMILIA // LEY 2126 DE 2021// USO RESPONSABLE DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL //
La competencia territorial definitiva para conocer casos de violencia intrafamiliar reside en la Comisaría de Familia del domicilio de la víctima, aunque cualquier Comisaría puede adoptar medidas provisionales. La referencia a citas legales irrelevantes o ficticias por una Comisaría de Familia sugiere un uso descuidado de inteligencia artificial generativa sin revisión humana, lo que lleva a inexactitudes. En el ejercicio de funciones jurisdiccionales en casos de violencia intrafamiliar, las Comisarías de Familia deben emitir decisiones formales a través de providencias que demuestren un estudio serio, evitando canales informales de comunicación.
TIPO DE PROCESO: Conflicto de competencias
MAGISTRADO PONENTE: WILMAR JOSÉ FUENTES CEPEDA
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto
FECHA: Abril 29 de 2025
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ACCIÓN DE TUTELA // PROMESA DE COMPRAVENTA // RESOLUCIÓN DE CONTRATO // INCUMPLIMIENTO RECÍPROCO // EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO // DEBIDO PROCESO // PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL
Desconocimiento del precedente jurisprudencial sobre incumplimiento recíproco habilita la acción de tutela por vulneración del debido proceso. "Desde el contexto descrito, es claro que el proceder del Despacho Judicial, al considerar la prosperidad de la excepción atinente al contrato no cumplido con fundamento en la inobservancia contractual en la que incurrió la actora al no haber comparecido al acto notarial en el que se firmaría la respectiva escritura pública,
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RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL // NEXO CAUSAL // PERJUICIOS MORALES // ESTADO DE EMBRIAGUEZ // CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA // REDUCCIÓN DE INDEMNIZACIÓN
El esfuerzo probatorio de la parte activa fue escaso sobre este tipo de detrimento, puesto que únicamente los impulsores esbozaron en sus versiones las particularidades de su congoja. Es decir, la presunción de hombre está dada (sentimientos de desconsuelo por el fallecimiento del progenitor), pero no la exponencial medida de esos sentimientos personales por cada reclamante.
PROCESO: Responsabilidad civil extracontractual
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia de Segunda Instancia
MAGISTRADO PONENTE: Wilmar José Fuentes Cepeda
FECHA: marzo 20 de 2025









